"Cartilla Foral". Este breve opúsculo, dedicado especialmente a la juventud, se debiera leer y estudiar en todas las escuelas municipales de nuestro antiguo Reino: así se robustecería el amor á los Fueros en los navarros del porvenir, porque, como es sabido, los sentimientos más firmes, los que más arraigan en el alma, son aquellos que se fomentan y desarrollan en los primeros años".
La cartilla, cuyo texto se reproduce en cinco páginas, fue publicada como anexo de:
"La Cuestión Foral. Reseña de los principales acontecimientos ocurridos desde mayo de 1893 á julio de 1894. Por el Cronista de Navarra D. Hermilio de Olóriz, correspondiente de la Real Academia de la Historia y de la Sociedad Francesa de Arqueología. Pamplona: Imprenta Provincial. 1894".
Así se presenta esta obra, de la que podemos destacar ciertos datos que muestran algunos aspectos importantes de la situación por aquellos años:
"-¿Qué contrafueros han tenido lugar desde 1841?
-Son indecibles.
-Indíqueme V. alguno de ellos.
-Uno, es el haber aumentado nuestra contribución anual, próximamente en tres millones.
-¿Y se paga ese aumento?
-Aunque es ilegal y aunque el Gobierno debe á Navarra más de treinta millones, se paga.
-¿Qué otros contrafueros recuerda V.?
-El impuesto de las cédulas personales, los sellos del timbre, el papel de multas, el papel sellado exigido en todos los expedientes cuando se cursan fuera de Navarra, las licencias de caza y pesca, el descuento del veinte por ciento sobre propios, el estanco de las cerillas, el impuesto sobre viajeros, el de minas, la venta del monte Franco-Andía y la suscripción forzosa á la "Gaceta Agrícola", impuesta á determinados municipios.
-Muchos son tantos contrafueros para realizarlos en tan breve tiempo.
-Pues aun queda por mencionar uno de suma importancia, el que se refiere al nombramiento de Maestros, antes derecho exclusivo de nuestros Municipios.
-¿Y quién los nombra ahora?
-El Rector de Zaragoza, un alto empleado del Gobierno.
-¿Sabe V. qué objeto se propone el Gobierno al infringir la ley en este punto?
-Lo ignoro; tal vez sea el de tener sin gasto suyo personas que le secunden, transformando el carácter de los navarros.
-¿Y en qué derechos se escuda el Gobierno para cometer semejantes arbitrariedades?
-Ya nos lo tiene dicho; en el derecho del número, en el de la fuerza.
-Pues si el Gobierno ha roto la Ley de 1841, Navarra puede dar por rescindida esa Ley y tendrá derecho á gozar de los Fueros consignados en 1512.
-Bien dice V.; y revivirán nuestras Cortes, tendremos Tribunales de Justicia propios, serán nuestros los rendimientos de las aduanas y del estanco del tabaco, nombraremos Maestros amantes de Navarra, no daremos quintas ni contribuciones y sólo entregaremos al Rey de España, como donativo "voluntario", la cantidad que juzguemos equitativa".
Hermilio de Olóriz
Iruñea 1894-1986
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